🦛 Ejemplo De Factura Con Recargo De Equivalencia

PLANTEAMIENTOEl titular de un supermercado, que está sometido al recargo de equivalencia, desarrolla estas operaciones:Adquiere al mayorista Cuandoun proveedor ha de dar a ese comerciante una factura con recargo de equivalencia, ocurren dos cosas: Por un lado, el proveedor va a declarar el IVA de esa venta, y por ello pagará a Hacienda. Pero también lo hará por el recargo (y también lo hará para Hacienda). Por otro lado, el comerciante paga el IVA más ese recargo. Cómo se factura con el régimen del recargo de equivalencia? En cuanto a las facturas , la obligación de incluir el recargo la tendrá, por un lado, el proveedor que te facture. Deberás acreditar, tal y como hemos visto En"Cuentas" del apartado Mantenimiento de datos / Empresa / Actividades del menú principal de la aplicación informa las cuentas correspondientes para el IVA no deducible en caso de recargo de equivalencia o REAGP. De este modo, al contabilizar facturas con recargo de equivalencia o REAGP la aplicación contabilizará con la cuenta indicada Ejemplode factura con recargo de equivalencia. Este es un ejemplo de factura con recargo de equivalencia: El cliente es un autónomo minorista dado de alta en el régimen de recargo de equivalencia que tiene una tienda. Quien emite la factura es su proveedor. See more Loprimero antes de traspasar a la contabilidad una factura con recargo de equivalencia es disponer de las dos subcuentas contables requeridas: la del tipo de RECARGODE EQUIVALENCIA. 060855@telefoni - Mar, 20/05/2008 - 12:08. LA CUENTA DE RECARGO DE EQUIVALENCIA TIENE QUE SER 477.4 AL ESTAR INCLUISO EN IVA REPERCUTIDO Y NO EN ACREEDOR POR IVA (475) QUE SOLO RECOJE LA LIQUIDACION AL FINAL DE CADA PERIODO DE LIQUIDACION SI Ladefinición de factura con recargo de equivalencia y sus porcentajes. Cuándo hay que expedir una factura con recargo de equivalencia. Qué elementos Unejemplo con el tipo de IVA general del 21 % y recargo de equivalencia al 5,2 %: Contabilización de las facturas pendientes de recibir Para poder contabilizar facturas que están pendientes de recibir , es decir, ya se han realizado esas adquisiciones pero todavía no se ha emitido la factura de compras. Impuestosde equivalencia. La segunda funcionalidad del módulo le permite configurar distintos recargos de equivalencia dependiendo del grupo de clientes y del IVA del producto seleccionado. De acuerdo con el Real-Decreto Ley 20/2012, se aplican estos tipos de recargo: Para artículos de tipo superreducido del 4%: recargo del 0,5%. Compatiblecon PS 1.5 Con este módulo podrás aplicar el recargo de equivalencia a los clientes de tu tienda Prestashop que así lo necesiten, además tus clientes verán dicho recargo aplicado en el precio de los productos de la tienda y en los desgloses de sus facturas.. Los mismos clientes pueden solicitar que necesitan trabajar Elartículo 160, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido , dispone que «la base imponible del recargo de equivalencia será la misma que resulte para el Impuesto sobre el Valor Añadido.». Por su parte el artículo 78 apartados uno y dos de la citada Ley, señalan lo siguiente: •«Uno. Enfunción del tipo de IVA, la cuota del recargo de equivalencia variará de la siguiente forma: Para el tipo general del 21%, el recargo será del 5,2%. Para el tipo reducido del 10%, el recargo será del 1,4%. Para el tipo súper-reducido del 4%, el recargo será del 0,5%. Así, si por ejemplo un autónomo compra un producto que, sin IVA Para el tabaco, el recargo de equivalencia es del 1,75%. Veamos un ejemplo de factura con recargo de Equivalencia. Un comerciante minorista de alimentación realiza un pedido a su proveedor por un importe de 4.500€ El proveedor, le emite la factura con la siguiente información: Base Imponible: 4.500€ IVA Soportado Conlos nuevos tipos de IVA se han implementado paralelamente nuevos tipos de recargo de equivalencia. Hacienda ha procedido a modificar las especificaciones técnicas de los modelos 303 y 322 y aclarar como deben cumplimentarse dichos modelos.. De igual forma, tal y como informábamos estos días, con efectos desde el 1 de enero de 2023, la .

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